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Ayuntamiento de Zamora · 2025(e)ko ekainaren 18(a)

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Azterketa

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  1. 1. De acuerdo con lo estipulado en el artículo 2.2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre del Régimen Jurídico del Sector Público, las Universidades públicas se regirán por:

    • a) Las previsiones de la presente Ley y supletoriamente por su normativa específica.
    • b) Su normativa específica y supletoriamente por las previsiones de la presente Ley.
    • c) Exclusivamente por su normativa específica.
    • d) Exclusivamente por las previsiones de la presente Ley.
  2. 2. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones sobre el Parlamento de la Unión Europea es incorrecta?

    • a) Es una institución elegida directamente por los ciudadanos europeos, a los que representa en el proceso de construcción política europea.
    • b) Ejerce conjuntamente con el Consejo la función legislativa y la función presupuestaria.
    • c) Tiene facultades de control político sobre la Comisión Europea.
    • d) Los diputados al Parlamento Europeo serán elegidos por sufragio universal directo, libre y secreto, para un mandato de cuatro años.
  3. 3. A efectos del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, se entiende por acoso:

    • a) Toda conducta no deseada relacionada con la discapacidad de una persona, que tenga como objetivo o consecuencia atentar contra su dignidad o crear un entorno intimidatorio, hostil, degradante, humillante u ofensivo.
    • b) Toda conducta deseada relacionada con la discapacidad de una persona, que tenga como objetivo atentar contra su dignidad o crear un entorno intimidatorio, hostil, degradante, humillante u ofensivo.
    • c) Toda conducta que suponga un trato menos favorable que otra en situación análoga por motivo o por razón de su discapacidad.
    • d) Toda conducta que tenga el propósito o el efecto de obstaculizar o dejar sin efecto el reconocimiento, goce o ejercicio en igualdad de condiciones por las personas con discapacidad, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales en los ámbitos político, económico, social, laboral, cultural, civil o de otro tipo.

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